Aprehensión de Menor y Secuestro de Motocicleta

En la víspera, en horas de tarde, personal de la Comisaría Dtto. Oliva, procedieron a realizar un control sobre calle Chubut esquina Misiones, dónde proceden al secuestro de una motocicleta marca BRAVA, 110 cc; de color negra, la que era conducida por un menor de 17 años, oriundo de esta ciudad, el mismo es trasladado a la Dependencia Local, acusado de violar los art. 104° y 111° del C.C.C. (Código de Convivencia Ciudadana).

Ley Provincial N° 10.326 – «Código de Convivencia Ciudadana»

▪ Artículo N° 104 – «Conductor Menor de Edad».
Serán sancionados con hasta seis (6) días de trabajo comunitario, multa de hasta doce Unidades de Multa (12UM) o arresto de hasta tres (3) días los que confiaren la conducción de un vehículo a un menor de edad no autorizado para ello por autoridad competente.

▪ Artículo N° 111.- «Prohibición de transitar sin documentación, sin casco o sin placa identificatoria en motovehículos».
Serán sancionados con
hasta diez (10) días de trabajo comunitario, multa de hasta veinte Unidades de Multa (20UM) o arresto de hasta tres (3) días los que condujeren motocicletas y ciclomotores sin la documentación correspondiente, sin la placa identificatoria del dominio colocada en debida forma o sin el casco normalizado.
Igual sanción le corresponderá a quienes se trasladaren como
acompañantes sin el casco normalizado.
En todos los casos se procederá al secuestro de la motocicleta o ciclomotor, la que será restituida a su legítimo propietario cuando se hubieren subsanado los requisitos para circular.
La autoridad policial, con comunicación al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios para su baja registral, ordenará la desnaturalización de toda motocicleta o ciclomotor que no hubiere sido retirada por su propietario dentro
del año a contar desde la fecha en que se produjo el secuestro, en un todo de acuerdo alprocedimiento que por vía reglamentaria se establezca.

 

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