Secuestro de moto por falta de documentación

El día jueves, en horas de la noche, personal policial de la Comisaría Destacamento. Oliva, proceden al control de una motocicleta GUERRERO TRIP 110, de color blanca, que era conducida por un ciudadano de 39 años, quién al momento del control, no poseía consigo la documentación correspondiente del rodado, el cuál no es de su propiedad, quedando éste secuestrado acusado de violar el artículo 111 del C.C.C. (Código de Convivencia Ciudadana), siendo traslado hacia la dependencia policial. Toma conocimiento el Juez de Paz.

Ley Provincial N° 10.326 – «Código de Convivencia Ciudadana»

▪ Artículo N° 111.- «Prohibición de transitar sin documentación, sin casco o sin placa de identificación en moto-vehículos»

Serán sancionados con
hasta diez (10) días de trabajo comunitario, multa de hasta veinte Unidades de Multa (20UM) o arresto de hasta tres (3) días los que condujeren motocicletas y ciclomotores sin la documentación correspondiente, sin la placa de identificación del dominio colocada en debida forma o sin el casco normalizado.
Igual sanción le corresponderá a quienes se trasladaren como
acompañantes sin el casco normalizado.
En todos los casos se procederá al secuestro de la motocicleta o ciclomotor, la que será restituida a su legítimo propietario cuando se hubieren subsanado los requisitos para circular.
La autoridad policial, con comunicación al Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios para su baja de registro, ordenará la des-naturalización de toda motocicleta o ciclomotor que no hubiere sido retirada por su propietario dentro
del año a contar desde la fecha en que se produjo el secuestro, en un todo de acuerdo al procedimiento que por vía reglamentaria se establezca.

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