Colbert ofrece curso gratuito de electricidad para rendir examen del ERSeP

¿QUERES SER INSTALADOR ELECTRICISTA HABILITADO POR ERSEP CATEGORIA III?

CURSO DE ELECTRICIDAD GRATUITO PARA RENDIR EL EXAMEN INICIAL LIBRE (1/9 o 3/11)

(DICTADO DE MANERA PRIVADA POR EL INSTITUTO COLBERT, PARA RENDIR EL EXAMEN LIBRE)

UNICO PAGO DE INSCRIPCION INICIAL DE $850 (cupos limitados)

MAS INFO
WATHSAPP AL 351-2126189 PABLO

CHARLA INFORMATIVA E INSCRIPCION
SABADO 14 DE ABRIL – 14 HS – RED WINE de Aldana Oliva

(Importante, el Instituto Colbert, no tiene relación con el ERSEP, ni con las entidades oficiales que regulan la actividad, solo preparamos de manera privada a quienes quieren presentarse a rendir el examen para obtener la certificación de electricista habilitado por ERSEP categoría III)

MODALIDAD:
COMIENZA SABADO 21 DE ABRIL, HORARIO A CONFIRMAR
1 CLASE SEMANAL DE 3 HS, MAS 2 CLASES VIRTUALES DE 2 HS CADA UNA (160 HS DE CLASES TEORICO –PRACTICAS)
DURACION 6 MESES (ABRIL A SEPTIEMBRE)

INCLUYE:
CLASES TEORICO – PRÁCTICAS
DVD CON VIDEOS ILUSTRATIVOS
“GUÍA AEA INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES HASTA 10 KW”.
MATERIAL COMPLEMENTARIO
SIMULACROS DE EXAMEN
FICHAS DE INSCRIPCION
ASESORAMIENTO PARA INSCRIPCION PARA EXAMEN

REQUISITOS PARA INSCRIPCION A EXAMEN
La inscripción es libre y gratuita, y está dirigida a personas de ambos sexos mayores de 18 años, con conocimientos básicos en electricidad.

Para la inscripción se requiere la siguiente documentación:

Excluyente:
Formulario de Inscripción
También podrá retirarse en mesa de entrada (SUAC) de:
Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
ERSeP
Dependencias de EPEC y/o cooperativas de toda la provincia
DNI: Original y fotocopia

No excluyente:

• Certificados de los cursos realizados en materia de electricidad
• Constancias de servicios y/o desempeño del oficio de electricista
• Títulos de Estudios Académicos legalizados

• La documentación se recepcionará en mesa de entrada (SUAC) o por correo Postal en:
• Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
• ERSeP
• Dependencias de EPEC y/o cooperativas de toda la provincia
En todos los casos, acercar Original y Fotocopia de la documentación para ser certificada.

PREGUNTAS FRECUENTES (INFORME EXTRAIDO DE LA PÁGINA OFICIAL DEL ERSEP)
1- ¿Qué tipo de instalaciones pueden certificar los instaladores idóneos (Categoría III)?
Los instaladores electricistas idóneos -Categoría III- pueden certificar solo instalaciones correspondientes a viviendas unifamiliares, como así también pequeñas instalaciones comerciales o industriales, en todos los casos en baja tensión y siempre que la potencia máxima no sea mayor a diez kilowatt (10kW), en concordancia con los alcances de la “Guía AEA – Instalaciones Eléctricas en Inmuebles hasta 10 kW”. Hay una excepción: lo dispuesto en el Anexo de la Guía como “Inmuebles que no son vivienda: Locales de Otras Características”.

La limitación respecto del tamaño de instalación radica en la potencia de la misma, NO LA SUPERFICIE. El límite de potencia es de 10kW, por lo tanto ninguna instalación mayor a esa potencia puede ser certificada por un instalador categoría III.
2- ¿Qué se debe certificar para solicitar el servicio eléctrico?
Se debe certificar la instalación del usuario y punto de conexión y medición. La certificación de sólo uno solo de estos ítems es insuficiente.
3- ¿Qué instalaciones eléctricas deben contar con certificado de instalación eléctrica apta para obtener el servicio eléctrico?
Toda instalación de usuarios del servicio eléctrico, del sector público o privado, en el interior o en la vía pública, de uso permanente o transitorio, con medición de consumo de energía o no. Es decir: toda instalación conectada a la red de distribución de energía eléctrica.
4- ¿En qué casos se deberá presentar un certificado de instalación eléctrica apta?
En toda conexión de servicio eléctrico de suministro nuevo o existente ante reanudación del servicio (nuevo contrato).
5- ¿Qué se considera Instalación nueva?
A toda instalación del usuario que pretenda vincularse por primera vez a la red de distribución de energía eléctrica.

6- ¿Qué se considera Instalación existente?
A toda instalación del usuario que pretenda vincularse a la red de distribución de energía eléctrica y que haya contado con un contrato de provisión de suministro eléctrico en forma previa.

7- ¿Qué se considera Instalación de uso circunstancial y de carácter transitorio?
Es toda instalación del usuario que pretenda vincularse a la red de distribución de energía eléctrica de manera no permanente o transitoria, que pertenezca a obras en construcción (“luz de obra”), ferias, circos, exposiciones, puestos ambulatorios, y toda otra de similares características.

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